Asesorando compraventas y asuntos inmobiliarios en español e inglés desde 2016.
Despacho de abogados inmobiliarios
líder en Sevilla
Somos el despacho líder en derecho inmobiliario en Sevilla, con abogados altamente cualificados y con más de 10 años de experiencia en el sector. Durante la última década hemos ofrecido una amplia gama de servicios, desde el asesoramiento en compraventa de inmuebles, redacción y revisión de contratos, hasta reclamaciones por incumplimiento de contrato, procedimientos de desahucio y otros asuntos relacionados con el derecho inmobiliario.
En Peralta Rojas Abogados hemos asesorado varias de las más importantes operaciones de compraventa y arrendamiento de inmuebles en Sevilla y Cádiz. Villas de lujo, viviendas, edificios, hasta locales y parcelas, además de la implantación de Apartamentos Turísticos (AT) y Viviendas de uso turístico (VUT) tanto a empresas como a particulares. Promotoras, constructoras y agencias inmobiliarias también han confiado en nosotros para el asesoramiento de sus operaciones inmobiliarias.
Nuestros abogados inmobiliarios hablan español e inglés, lo que nos permite prestar servicios tanto a nacionales como a extranjeros. Si necesita un abogado inmobiliario en Sevilla, no dude en contactarnos. Estamos a su disposición para ayudarle en todo lo que necesite.

David Peralta – Abogado Socio
"Premio al mejor Despacho de Abogados de España para operaciones con Bienes Inmuebles en el año 2022."
Otorgado por la revista británica «Acquisition International»
Cuéntenos su caso. Estaremos encantados de ayudarle.
- C/ Méndez Núñez 1, 3º izquierda. Sevilla
- info@peraltarojas.com
- 955 314 558
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¿Qué hace un abogado
inmobiliario?
Los abogados inmobiliarios controlan una compleja rama jurídica integrada por las normas que regulan cualquier gestión realizada sobre los bienes inmuebles: compraventa, arrendamiento, promoción inmobiliaria, constitución de usufructo y los numerosos conflictos que puedan surgir en este ámbito.
Mediante el control de varias ramas del derecho —derecho civil, derecho registral, derecho administrativo y urbanístico— un abogado inmobiliario le asesorará en la toma de decisiones importantes para su mayor tranquilidad.
En Peralta Rojas Abogados hemos asesorado operaciones de compraventa y arrendamiento de todo tipo de inmuebles: desde viviendas habituales hasta edificios, locales, parcelas y hoteles. También a promotoras, constructoras y agencias inmobiliarias en Sevilla y toda Andalucía.
- —Revisión de nota simple y cargas
- —Contratos de arras penitenciales
- —Due diligence registral y fiscal
- —Obra nueva y compra sobre plano
- —Compraventa por no residentes
- —Contratos de alquiler de vivienda LAU
- —Contratos de arrendamiento de locales
- —Desahucio por falta de pago
- —Reclamación de rentas impagadas
- —Desahucio por precario u ocupación
- —VUT: requisitos PGOU Sevilla
- —AT: Decreto 194/2010
- —Licencias municipales y actividad
- —Calificación ambiental
- —Vicios ocultos y defectos constructivos
- —Resolución de contratos de compraventa
- —Ejecución o pérdida de arras
- —Reclamación a promotor por retrasos
- —Cancelación de cargas registrales
- —Recuperación del tracto sucesivo
- —Servidumbres y conflictos de linderos
- —Extinción de condominio
- —Asesoramiento a promotoras
- —Garantías por cantidades anticipadas
- —Responsabilidad LOE
- —Licencias de obra y actividad
Abogados especialistas en compraventa de viviendas en Sevilla
Comprar una casa es un gran paso. En la operación de compraventa de una vivienda debe contar con el asesoramiento de los mejores abogados inmobiliarios en Sevilla. La mayoría de los problemas pueden prevenirse con un abogado que revise la documentación desde el primer momento.
Problemas habituales en el proceso de compraventa de vivienda
Estas son las dudas más frecuentes que recibimos de clientes en operaciones de compraventa.
La nota simple refleja la existencia de cargas. ¿Pueden estas cargas perjudicarme?+
La nota simple nos proporcionará información sobre la identidad del inmueble, sus titulares y las cargas que recaen: hipotecas pendientes, embargos por impago de impuestos o anotaciones de embargo judiciales. Asimismo indicará si existen afecciones fiscales como el ITP o el ISD.
No necesariamente impiden la compraventa. La mayoría pueden eliminarse previa solicitud o tramitarse simultáneamente a la escritura pública, aportando la documentación de cancelación al Registro de la Propiedad.
Ya no quiero comprar la vivienda y he entregado el 10% del precio. ¿Pierdo el dinero?+
Tras entregar la señal he descubierto vicios ocultos en la vivienda. ¿Puedo desistirme?+
El banco me ha denegado la hipoteca pero ya he entregado una señal. ¿Voy a perder el dinero?+
La vivienda que quiero comprar no está a nombre de los vendedores en el Registro. ¿Qué debo hacer?+
El contrato de arras dice que el comprador debe pagar todos los gastos. ¿Es legal?+
Se acaba el plazo para la firma en el Notario pero necesito más tiempo.+
La otra parte ha incumplido el contrato de arras. ¿Tengo derecho a las arras dobladas?+
He comprado la vivienda con los muebles, pero el vendedor se los ha llevado.+
La casa que acabo de comprar tiene vicios ocultos. ¿Qué plazo tengo para reclamar?+
El plazo para iniciar una acción por vicios ocultos en una compraventa de segunda mano es de 6 meses desde el descubrimiento. Dentro de este plazo puede solicitar el saneamiento del vicio, una reducción del precio o, en casos graves, la resolución del contrato.
Entendemos por vicios ocultos cualquier patología no visible en el momento de la compra: humedades, roturas de tuberías en solería, termitas o cualquier otra patología oculta que afecte a la habitabilidad o al valor del inmueble.
Gastos e impuestos al comprar una vivienda en Sevilla
Uno de los aspectos que más sorprende a los compradores de vivienda es el volumen de gastos adicionales al precio pactado. Un abogado inmobiliario le asesorará sobre todos los costes fiscales y notariales antes de firmar, evitando sorpresas desagradables.
| Concepto | 2ª mano | Obra nueva | ¿Quién paga? |
|---|---|---|---|
| ITP — Impuesto de Transmisiones PatrimonialesGestionado por la Junta de Andalucía | 7% del precio escriturado | No aplica | Comprador |
| IVAVivienda nueva del promotor | No aplica | 10% (4% VPO) | Comprador |
| AJD — Actos Jurídicos DocumentadosSolo obra nueva con hipoteca | No aplica | 1,2% del importe hipotecario | Banco |
| Gastos de NotaríaEscritura de compraventa | Variable según precio (aprox. 600–1.200€) | Vendedor / Comprador | |
| Registro de la PropiedadInscripción de la compraventa | Variable según precio (aprox. 400–800€) | Comprador | |
| Plusvalía Municipal (IIVTNU)Sobre el incremento del valor del suelo | Variable según municipio y años de tenencia | Vendedor | |
Abogados especialistas en alquiler de viviendas en Sevilla
En España se firman unos 400.000 contratos de arrendamiento de viviendas cada año. Nuestro Código Civil y la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos establecen el marco de derechos y obligaciones para propietario e inquilino.
Derechos y obligaciones del propietario o arrendador de la vivienda
La Ley de Arrendamientos Urbanos establece un marco claro para ambas partes del contrato de alquiler.
Derechos del propietario (arrendador)
- →Recibir la renta en el tiempo pactado. La fianza no puede usarse para el pago de la renta.
- →Que su vivienda sea utilizada correctamente conforme a lo pactado.
- →Entrar en la vivienda para verificar daños y proceder a su reparación.
- →Recibir la vivienda en las mismas condiciones que la entregó, salvo desgaste natural.
- →Descontar de la fianza los daños y desperfectos ocasionados por el inquilino.
Obligaciones del propietario (arrendador)
- →Entregar la vivienda en buenas condiciones y limpia.
- →Reparar los daños que afecten a la habitabilidad: humedades, problemas eléctricos, electrodomésticos que dejan de funcionar por antigüedad.
- →Devolver la fianza en el tiempo y supuestos pactados.
- →Notificar al arrendatario con la antelación pactada la actualización del alquiler.
Derechos del inquilino (arrendatario)
- →Recibir la vivienda limpia y en condiciones de habitabilidad.
- →Que el propietario mantenga la habitabilidad: saneamiento de humedades, plagas, electrodomésticos.
- →Recuperar la fianza entregada, sin deducciones improcedentes.
- →Desistir del contrato tras 6 meses, notificando con 30 días de antelación.
- →Usar el inmueble sin perturbación de la posesión por parte del propietario.
Obligaciones del inquilino (arrendatario)
- →Abonar la renta en el tiempo pactado.
- →Pagar las pequeñas reparaciones por el uso ordinario. Es fundamental definir en el contrato qué se considera "pequeña reparación" — por ejemplo, aquellas que no superen los 60 euros.
- →Entregar la vivienda en las mismas condiciones que la recibió.
Abogados especialistas en alquiler de locales en Sevilla
El arrendamiento de locales está sometido a un régimen jurídico distinto al de viviendas, donde predomina la autonomía de la voluntad de las partes. La LAU apenas contiene previsiones para estos arrendamientos: el contrato de arrendamiento es el elemento fundamental.
La Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos indica que los arrendamientos de uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes. El contrato de arrendamiento de local es fundamental para garantizar los derechos y obligaciones de las partes, y debe ser redactado por un abogado inmobiliario especialista.
Una cláusula mal redactada sobre la distribución de gastos, el uso del local o las causas de resolución puede tener consecuencias económicas muy graves tanto para el propietario como para el arrendatario.
- 1.Identificación de las partes y del inmueble
- 2.Importe de la renta, forma de pago e impago
- 3.IVA, IBI y gastos de comunidad
- 4.Actualización anual de renta (IPC)
- 5.Duración del contrato y formas de prorrogarlo
- 6.Uso del local y actividad autorizada
- 7.Conservación y reparación del local
- 8.Causas de resolución del contrato
- 9.Indemnizaciones por incumplimiento
Abogados especialistas en Apartamentos Turísticos y VUT
Nuestro despacho ha asesorado decenas de implantaciones de Apartamentos Turísticos (AT) y Viviendas de Uso Turístico (VUT) en Sevilla, Cádiz y Granada. Conocemos los requisitos legales para la apertura de la actividad tanto a nivel autonómico como municipal.
¿Qué requisitos tiene una VUT en Sevilla tras la modificación del PGOU?+
Tras la modificación puntual 44 del PGOU de Sevilla, las VUT están sujetas a las condiciones del uso terciario de hospedaje. Deben cumplir: superficie útil mínima de 40m², condiciones de calidad e higiene, y en edificios de uso mixto, solo se permite en planta baja y primera, salvo excepciones del PGOU.
Se requiere acceso independiente desde el exterior en determinados casos.
¿Cuál es la diferencia entre una VUT y un Apartamento Turístico?+
¿Qué trámites necesito para abrir un Apartamento Turístico en Sevilla?+
- →Implantación de VUT: asesoramiento en los nuevos requisitos del PGOU de Sevilla
- →Implantación de AT: normativa Decreto 194/2010 de la Junta de Andalucía
- →Obtención de licencias municipales de obra y actividad
- →Calificación Ambiental ante el Ayuntamiento
- →Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía
- →Implantaciones en Sevilla, Cádiz y Granada
- →Conflictos con comunidades de propietarios por VUT
- →Recursos contra sanciones urbanísticas
Más asuntos de derecho inmobiliario que resolvemos
El derecho inmobiliario abarca muchas más situaciones que la simple compraventa o el alquiler. A continuación recogemos algunos de los asuntos más habituales que gestionamos en nuestro despacho.
Extinción de condominio: cómo salir de una propiedad compartida+
La extinción de condominio o división de cosa común permite a cualquier copropietario disolver la situación de copropiedad. Es habitual en rupturas de pareja, herencias con varios herederos o inversiones inmobiliarias conjuntas.
Si no hay acuerdo para la venta voluntaria, cualquiera puede instar la acción de división judicial, que puede culminar en subasta pública del bien.
Ventaja fiscal: La extinción de condominio tributa únicamente por AJD (aprox. 1,2%), frente al ITP del 7% que aplicaría en una compraventa ordinaria.
Nuda propiedad y usufructo: derechos reales sobre inmuebles+
El usufructo es el derecho a usar y disfrutar de un bien ajeno. Muy frecuente en herencias — el cónyuge viudo suele recibir el usufructo, mientras los hijos heredan la nuda propiedad.
Asesoramos en la constitución, extinción y consolidación del usufructo, y en los conflictos entre nudos propietarios y usufructuarios respecto a gastos (IBI, comunidad, reparaciones) y la posible venta del inmueble.