Especialistas en contratos de alquiler, desahucios y arrendamientos en Sevilla.
Abogado de Alquiler
en Sevilla
Asesoramos a propietarios e inquilinos en todo lo relacionado con arrendamientos: contratos de alquiler de vivienda y local, desahucios por impago, reclamación de rentas, resolución de contratos y actualización de renta. Desde Sevilla para toda España.
En 2026, el escenario del alquiler ha cambiado: el RD-ley 2/2026 (BOE 4 feb. 2026) prorroga la suspensión de desahucios para grandes tenedores pero permite a los pequeños propietarios (2 o menos viviendas) reanudar los procedimientos de lanzamiento. El nuevo índice IRAV sustituye al IPC para la actualización de rentas desde 2025.
Esta página se centra exclusivamente en el derecho arrendaticio. Para compraventa, hipotecas y otras operaciones inmobiliarias, consulte nuestra página de abogados inmobiliarios.
- -Propietario con inquilino que no paga
- -Propietario que quiere redactar un contrato seguro
- -Inquilino con problemas con su arrendador
- -Empresa con contrato de alquiler de local
- -Propietario o inquilino con contrato de temporada
Cuéntenos su caso. Estaremos encantados de ayudarle.
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Todo lo que necesita
para alquilar con seguridad
El derecho arrendaticio en España está regulado principalmente por la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos, 29/1994) y la Ley de Vivienda 12/2023. Estas normas establecen derechos y obligaciones diferentes según el tipo de arrendamiento: vivienda habitual, local de negocio, vivienda de temporada o habitación.
En 2026, la regulación se ha vuelto más compleja: el nuevo índice IRAV para actualización de rentas, la prórroga de protección al inquilino vulnerable por el RD-ley 2/2026 y las zonas de mercado tensionado exigen que tanto propietarios como inquilinos cuenten con asesoramiento actualizado para no incurrir en errores jurídicos ni económicos.
Atendemos presencialmente en Sevilla y de forma telemática para toda España.
- -Redacción y revisión de contratos LAU
- -Duración: 5 años (persona física) / 7 años (jurídica)
- -Actualización de renta con índice IRAV (desde 2025)
- -Zonas de mercado tensionado en Sevilla
- -Requerimiento previo y demanda judicial
- -RD-ley 2/2026: pequeño propietario puede recuperar el inmueble
- -Reclamación acumulada de rentas impagadas
- -Lanzamiento: fijación de día y hora exactos
- -Contratos de uso distinto al de vivienda (LAU art. 29)
- -Duración y prórrogas pactadas libremente
- -Clausulas obras, subarriendo y traspaso
- -Desahucio de local por impago o vencimiento
- -Redacción con justificación de temporalidad (obligatoria en 2026)
- -Evitar conversión a contrato de vivienda habitual
- -Alquiler de habitaciones y otros arrendamientos parciales
- -Diferencia con vivienda de uso turístico (VUT)
- -Burofax y requerimiento extrajudicial
- -Juicio verbal para cantidades hasta 6.000 euros
- -Embargo preventivo de bienes del inquilino
- -Fianza: reclamación y devolución
- -Resolución anticipada por incumplimiento
- -Necesidad de la vivienda por el propietario
- -Venta del inmueble arrendado: derechos del comprador e inquilino
- -Subrogación en caso de fallecimiento del arrendatario
Ley de Arrendamientos Urbanos:
lo que cambia en 2026
La LAU (Ley 29/1994) ha sido reformada en profundidad por la Ley de Vivienda 12/2023. En 2026 entran en vigor nuevas medidas que afectan a contratos en curso y futuros. Conózcalas antes de firmar o de actuar.
El Real Decreto-ley 2/2026 prorroga la suspensión de lanzamientos hasta el 31 de diciembre de 2026 para hogares vulnerables, pero con una novedad clave: los propietarios con 2 o menos viviendas quedan excluidos de la suspensión. Si usted es pequeño propietario y su inquilino alega vulnerabilidad, puede continuar el desahucio.
El IPC ya no puede usarse para subir el alquiler. Desde 2025, la actualización anual de renta en contratos de vivienda habitual se rige por el Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), publicado por el INE, diseñado para ser más estable que el IPC. El límite máximo es el 3%.
La Ley 12/2023 establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato son siempre a cargo del arrendador. Las garantías adicionales a la fianza se limitan a un máximo de 2 meses de renta. El contrato debe respetar el derecho de adquisición preferente del inquilino en caso de venta.
La normativa distingue entre propietarios con más o menos inmuebles, aplicando obligaciones muy distintas:
Recupere su vivienda
con el procedimiento correcto
El desahucio es el procedimiento judicial para que el propietario recupere la posesión de su inmueble. En Sevilla, los juzgados de primera instancia fijan día y hora exactos para el lanzamiento. Un abogado especialista en arrendamientos agiliza los plazos y evita errores que retrasan el proceso.
Abogados de alquiler
en Sevilla y toda España
El derecho arrendaticio cambia constantemente. Trabajamos principalmente el derecho inmobiliario y conocemos al detalle la normativa vigente en 2026, la jurisprudencia más reciente y los plazos reales de los juzgados de Sevilla.
Cuéntenos su caso.
Le decimos qué puede hacer hoy.
Inquilino que no paga, contrato que no protege, prórroga que no quiere salir, cláusula ilegal, desahucio que no avanza. Cuéntenos la situación y le damos opciones concretas en menos de 24 horas.
Dudas sobre alquiler de vivienda y local en Sevilla
Respuestas actualizadas a marzo 2026. Si no encuentra su pregunta, llámenos: 955 314 558.
Mi inquilino no paga. ¿Qué hago primero?+
¿Puede el inquilino alegar vulnerabilidad para no ser desahuciado?+
¿Cuánto puede subir el alquiler en 2026?+
¿Qué diferencia hay entre el alquiler de temporada y el alquiler de vivienda habitual?+
El propietario quiere que yo pague los gastos de la agencia. ¿Es legal?+
¿Puedo pedir más de una mensualidad de fianza?+
¿Cuánto cuesta la consulta inicial?+
La consulta inicial en materia de arrendamientos tiene un coste de 120 euros IVA incluido. En ella analizamos su situación concreta (contrato, impagos, cláusulas, plazos) y le decimos exactamente qué opciones tiene y cuál es la mejor estrategia.