Cargas y afecciones fiscales en la Nota Simple

Como hemos visto, el proceso de compraventa de inmueble debe empezar necesariamente con la comprobación de la nota simple, pero ¿Qué es la nota simple? No es otra cosa que el documento de identidad de una finca en la cual se recogen todos los datos de su  situación jurídica emitida por el Registro de la Propiedad.

La nota simple  nos proporcionará información sobre la identidad del inmueble, sus titulares y las cargas que recaen sobre el inmueble: Una hipoteca pendiente de pago o cancelación, posibles embargos por impago de impuestos, embargos judiciales derivados de un procedimiento de ejecución. Asimismo, nos indicará si existen afecciones fiscales, o en otras palabras, si el inmueble debe responder el pago de algún impuesto, por ejemplo : El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Ahora bien, que debemos hacer si observamos la existencia de cargas y afecciones en la Nota Simple del inmueble que deseamos comprar. La respuesta es simple, debemos solicitar más información sobre el estado de dichas cargas.

  • Si se trata de una hipoteca pendiente de pago y cancelación, debemos solicitar al vendedor para que nos remita un certificado emitido por el Banco indicando el estado del préstamo hipotecario.
  • En el caso de observar embargos judiciales o de administraciones públicas, será necesario obtener información adicional de dichos organismos que nos permitan conocer el estado real de la carga.
  • Ante la aparición de afecciones fiscales, debemos solicitar justificantes de pago de dichos impuestos.

Si no hemos recibido la información que necesitábamos o seguimos sin comprender el alcance de dichas anotaciones registrales lo más recomendable es acudir a un abogado inmobiliario que despeje todas nuestras dudas.

¿Pueden estas cargas impedir que se lleve a cabo la compraventa de un inmueble? 

No necesariamente, la mayoría de las cargas inmobiliarias y afecciones fiscales pueden ser eliminadas de la nota simple previa solicitud por parte del interesado. De hecho no es necesario eliminar estas anotaciones con carácter previo a la elevación a público del contrato de compraventa, basta con aportar la documentación relativa a su pago y cancelación a fin de que se recoja en la escritura pública y se tramite simultáneamente su cancelación en el Registro de la Propiedad a la vez que se inscriba la nueva compraventa realizada.

Desde Peralta Rojas Abogados nos ponemos a su disposición para despejar sus dudas sobre la existencia de cargas y afecciones fiscales en una nota simple. No dude en contactarnos para mayor información.

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