El poder preventivo en la incapacidad sobrevenida

La esperanza de vida ha aumentado significativamente en los últimos años, pero también lo ha hecho la incidencia de enfermedades y accidentes que pueden causar incapacidad física y cognitiva de forma temporal o permanente. Ante esta realidad, otorgar un poder general en previsión de incapacidad sobrevenida se ha vuelto una cuestión clave para proteger el patrimonio, incluyendo la empresa familiar.

Aunque muchas personas pueden tener resistencia a delegar el manejo de su patrimonio, el marco normativo actual permite otorgar poderes generales que solo se activan en caso de incapacidad sobrevenida del poderdante. Aprovechar esta oportunidad puede evitar que el patrimonio quede bloqueado o sufra perjuicios por falta de administración en situaciones imprevistas e indeseadas.

La designación de apoderados es un paso importante en la preparación de un poder general en previsión de incapacidad. Es necesario considerar el perfil y grado de relación de las personas en las que se deposita la confianza, ya sean familiares o terceros. Un esquema común seguido por muchas personas es designar a su cónyuge como apoderado para la gestión del patrimonio no empresarial, mientras que a sus hijos (si son mayores de edad y tienen madurez profesional) se les designa como apoderados en el marco de la empresa familiar. En caso de que los hijos sean menores de edad o no hayan alcanzado cierta madurez profesional, se puede optar por designar a otros familiares cercanos o a profesionales externos como apoderados temporales.

Las facultades conferidas en el poder general también son un aspecto importante a considerar. El poder debe contener las facultades necesarias para gestionar todo el patrimonio del poderdante en caso de incapacidad sobrevenida. Existen listados estándares de facultades generales, pero es importante adaptarlas a la normativa aplicable y a la situación familiar y patrimonial del poderdante.

Además de la designación de apoderados y las facultades conferidas, es necesario considerar otros aspectos al otorgar un poder general en previsión de incapacidad. Por ejemplo, se puede establecer una retribución para los apoderados, ya sea en forma de honorarios o de compensación por gastos y tiempo dedicado a la gestión del patrimonio. También se puede establecer un mecanismo de supervisión o rendición de cuentas para asegurar que los apoderados actúen en el mejor interés del poderdante.

En conclusión, otorgar un poder general en previsión de incapacidad sobrevenida es una herramienta importante para proteger el patrimonio, incluyendo la empresa familiar, en situaciones imprevistas. Es necesario considerar cuidadosamente la designación de apoderados, las facultades conferidas y otros aspectos relevantes en cada caso concreto, adaptándolos a la normativa aplicable y a la situación familiar y patrimonial del poderdante. Consultar con profesionales del derecho y asesoramiento legal especializado puede ser de gran ayuda para garantizar una adecuada preparación y otorgamiento de un poder general en previsión de incapacidad.

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