Registro, pactos, derechos y ruptura de la pareja de hecho en Andalucía.
Abogados especialistas en parejas de hecho
en Sevilla
Le asesoramos para registrar su pareja de hecho en Andalucía con seguridad jurídica: comprobamos los requisitos, preparamos la documentación y le acompañamos en la inscripción. Y, sobre todo, le explicamos qué cambia y qué no frente al matrimonio.
Redactamos los pactos que protegen a los dos, revisamos la herencia y la pensión de viudedad, y si la pareja se rompe, defendemos sus intereses y los de sus hijos.



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Formalizar su relación sin casarse
En Andalucía, la pareja de hecho es la unión estable de dos personas, con independencia de su orientación sexual, que conviven con una relación de afectividad análoga a la conyugal. La regula la Ley 5/2002, de Parejas de Hecho, y se inscribe en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.
Inscribirse tiene efectos reales en la Seguridad Social, en el Impuesto de Sucesiones, en el trabajo o en la residencia de una pareja extranjera. Pero no equivale al matrimonio en todo: por ejemplo, cuando se aplica el derecho civil común, la pareja de hecho no hereda si no hay testamento. Por eso conviene asesorarse antes de dar el paso.
Cómo se inscribe una pareja de hecho en Andalucía
· Ser mayores de edad o menores emancipados.
· No estar casados ni inscritos como pareja de hecho con otra persona.
· No ser parientes en línea recta (por consanguinidad o adopción) ni hermanos.
· Que al menos uno de los dos tenga su residencia habitual en un municipio de Andalucía, y que ninguno figure inscrito como pareja de hecho en otro registro.
· La ley andaluza no fija un tiempo mínimo de convivencia previo para inscribirse.
Qué cambia al inscribirse y qué no
Ruptura de la pareja de hecho: sus derechos y los de sus hijos
Con los hijos no hay diferencia: se fijan la custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar igual que en un divorcio, siempre desde el interés del menor.
Entre los miembros de la pareja, en las parejas de hecho sujetas al derecho civil común no se aplica automáticamente la pensión compensatoria prevista para la separación o el divorcio. Por eso los pactos sobre las consecuencias económicas de una ruptura son tan importantes; sin pacto, estudiamos qué reclamaciones proceden en su caso. Tampoco en el matrimonio nace una pensión por el solo hecho de divorciarse: deben cumplirse los requisitos legales.
La pareja de hecho se disuelve por:
· Mutuo acuerdo o voluntad de uno de los dos.
· Matrimonio de la pareja o de uno de sus miembros.
· Cese de la convivencia durante más de un año.
· Fallecimiento de uno de ellos.
Acreditada la disolución, se cancela la inscripción. Le acompañamos en el trámite y en la negociación de las medidas.
Dudas sobre la pareja de hecho en Sevilla
¿Qué requisitos hay para inscribir una pareja de hecho en Andalucía?+
¿Tenemos que llevar un tiempo mínimo conviviendo?+
¿La pareja de hecho hereda?+
¿Tengo derecho a pensión de viudedad?+
¿Qué pasa si nos separamos?+
¿Es mejor inscribirse como pareja de hecho o casarse?+
Formalice su relación con seguridad jurídica
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