Ley de Segunda Oportunidad para personas físicas y autónomos en Sevilla y toda Andalucía.
Abogado Ley de Segunda Oportunidad
en Sevilla
Si el sobreendeudamiento le impide avanzar, la Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas y autónomos de buena fe negociar, reducir o incluso cancelar sus deudas y empezar de cero.
Somos abogados y economistas especializados en insolvencia. Estudiamos su caso, le decimos con franqueza si es viable y tramitamos el procedimiento de principio a fin, con la normativa vigente a día de hoy.



Estudiamos sus deudas y le decimos si puede cancelarlas
Escríbanos y le responderemos en menos de 24 horas. Atención en español e inglés, en persona o en remoto para toda España. Confidencialidad total.
La Ley de Segunda Oportunidad, explicada
Es un mecanismo legal que permite a personas físicas y autónomos sobreendeudados negociar, reducir o cancelar sus deudas cuando no pueden hacerles frente, siempre que cumplan una serie de requisitos. Desde la reforma de la Ley 16/2022, se articula a través de la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI).
Las cuatro claves donde se decide su segunda oportunidad:
Casos en los que podemos ayudarle
Lo que hacemos por usted, del primer día a la cancelación
Nos ocupamos de todo el procedimiento. Usted solo tiene que contarnos su caso y firmar cuando toque, con un trato cercano durante todo el proceso.
Dos vías para cancelar la deuda
Tras la reforma de la Ley 16/2022, la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) tiene dos modalidades. Elegimos la que más le conviene según su patrimonio y sus ingresos.
Ser deudor de buena fe, encontrarse en insolvencia actual o inminente y no haber sido condenado por determinados delitos económicos o patrimoniales en los años previos, entre otros requisitos que se valoran en cada expediente.
Deudas privadas y crédito público
La mayoría de las deudas privadas (préstamos, tarjetas, microcréditos, avales, deudas con proveedores) pueden quedar exoneradas si se cumplen los requisitos.
Dudas sobre la Ley de Segunda Oportunidad
¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?+
¿Puedo conservar mi vivienda habitual?+
¿Se pueden cancelar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social?+
¿Los autónomos y exempresarios pueden acogerse?+
¿Cuánto tarda el procedimiento?+
¿Saldré de los ficheros de morosos (ASNEF)?+
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Analizamos su caso con una perspectiva única: jurídica, económico-financiera y concursal. Le decimos si es viable y el camino más rápido y seguro. Sin compromiso.