Abogados especialistas en Derecho Civil en Sevilla con más de 10 años de experiencia.

Abogados de Derecho Civil
en Sevilla

En Peralta Rojas Abogados resolvemos conflictos civiles en Sevilla: incumplimiento de contratos, reclamación de deudas, vicios ocultos, responsabilidad civil, comunidades de propietarios, derechos reales y arrendamientos. Entre los abogados de derecho civil mejor valorados en Google en Sevilla.

Cada año, miles de personas en Sevilla pierden dinero por no reclamar a tiempo. Los plazos de prescripción en derecho civil son cortos: 1 año para responsabilidad extracontractual (art. 1968 CC), 6 meses para vicios ocultos (art. 1490 CC) y 5 años para acciones personales (art. 1964.2 CC). No espere.

Atendemos en español e inglés, presencialmente en Sevilla y de forma telemática para toda España.

4,8
Google Reviews
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Años experiencia
+500
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Top
Mejor valorados Google
Peralta Rojas Abogados
Derecho Civil, Sevilla
Plazos de prescripción, no espere
6 meses para vicios ocultos. 1 año para daños extracontractuales. 5 años para acciones personales.
Superado el plazo, se pierde el derecho a reclamar.
★★★★★
Reclamamos una deuda que llevaba 3 años sin pagarse. El despacho lo resolvió en pocos meses. Sin ellos lo habría perdido.
Antonio G. · Google Reviews
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Derecho Civil en Sevilla

¿Qué hace un abogado
de Derecho Civil?

¿Por qué necesita un abogado civil? El Derecho Civil regula las relaciones entre particulares: contratos, deudas, daños, propiedad. Sin un abogado especialista, es fácil perder derechos por desconocer los plazos o las acciones disponibles.

El Derecho Civil es la base del ordenamiento jurídico español: regula los contratos, la propiedad, las obligaciones, la responsabilidad por daños y las relaciones entre personas. Un abogado civilista en Sevilla le defiende cuando alguien incumple un contrato, le debe dinero, le causa un daño o vulnera sus derechos de propiedad.

En Peralta Rojas Abogados gestionamos tanto la vía extrajudicial (requerimientos, negociación, mediación) como la vía judicial ante los Juzgados de Primera Instancia de Sevilla. Muchos conflictos civiles se resuelven sin necesidad de juicio si se actúa con rapidez y con la estrategia adecuada.

Los plazos de prescripción son estrictos. Una vez que se agota el plazo, se pierde el derecho a reclamar para siempre. Consúltenos cuanto antes.

📋
Contratos e incumplimiento
  • ·Resolución por incumplimiento (art. 1124 CC)
  • ·Daños y perjuicios contractuales (art. 1101 CC)
  • ·Nulidad e impugnación de contratos
  • ·Cláusulas abusivas y vicios del consentimiento
💰
Reclamación de deudas
  • ·Reclamación extrajudicial previa
  • ·Juicio monitorio y juicio verbal
  • ·Embargo preventivo de bienes
  • ·Ejecución de sentencias firmes
🔍
Vicios ocultos
  • ·Acción redhibitoria y quanti minoris (arts. 1484-1490 CC)
  • ·Plazo de 6 meses desde la entrega
  • ·Viviendas, vehículos y bienes muebles
  • ·Aliud pro alio: plazo de 5 años
⚖️
Responsabilidad civil
  • ·Responsabilidad extracontractual (art. 1902 CC)
  • ·Indemnización de daños y perjuicios
  • ·Plazo de 1 año desde el conocimiento del daño
  • ·Daños por negligencia profesional
🏠
Propiedad y derechos reales
  • ·Usufructo, servidumbres y propiedad horizontal
  • ·División de la cosa común
  • ·Acción reivindicatoria y posesoria
  • ·Comunidades de propietarios
🔑
Arrendamientos civiles
Actualizado a marzo 2026

Vicios ocultos y defectos:
cómo reclamar en Sevilla

Los vicios ocultos (arts. 1484-1490 del Código Civil) son defectos graves, previos a la venta y no detectables a simple vista que hacen el bien impropio para su uso. Tiene 6 meses desde la entrega para reclamar. Pasado ese plazo, el derecho se extingue por caducidad.

Opción 1
Acción redhibitoria

Permite rescindir el contrato y recuperar el precio pagado. El vendedor recibe el bien de vuelta y devuelve todo lo abonado. Si conocía el vicio, también debe abonar gastos e indemnizar daños (art. 1486 CC).

Plazo: 6 meses desde la entrega. Plazo de caducidad (no prescripción).
Opción 2
Acción quanti minoris

Permite mantener el bien pero reducir el precio proporcional al defecto. El perito valora el vicio y se devuelve la diferencia. No es una indemnización: es un reequilibrio del contrato (art. 1486 CC).

Plazo: 6 meses. Misma caducidad que la acción redhibitoria.
Opción 3 · Plazo ampliado
Aliud pro alio

Cuando el bien es totalmente inhábil para su finalidad, la jurisprudencia del TS (STS 368/2019, STS 484/2022) admite la acción por incumplimiento contractual (art. 1124 CC), con plazo de 5 años. Muy útil cuando han pasado los 6 meses.

Plazo: 5 años. Mucho más largo que la acción de saneamiento.
Dudas frecuentes sobre vicios ocultos en Sevilla

Las preguntas que más recibimos de compradores que descubren defectos después de la compra.

He comprado una vivienda con humedades que no vi. ¿Tengo 6 meses para reclamar?+
Sí. El plazo de la acción de saneamiento por vicios ocultos es de 6 meses desde la entrega y es de caducidad (no se interrumpe). Si han pasado los 6 meses, puede existir todavía la vía del aliud pro alio (art. 1124 CC) si las humedades hacen la vivienda inhábil para habitar. Consúltenos cuanto antes para evaluar su caso.
El vendedor dijo que la vivienda estaba en perfecto estado y no era verdad. ¿Qué puedo hacer?+
Si el vendedor conocía el defecto y lo ocultó, además de las acciones de saneamiento tiene derecho a indemnización por daños y perjuicios. El dolo del vendedor agrava su responsabilidad (arts. 1484-1486 CC). Es fundamental documentar el defecto con peritaje y conservar toda la comunicación con el vendedor.
Tengo problemas estructurales en una vivienda de obra nueva. ¿Son vicios ocultos?+
En obra nueva, los defectos estructurales tienen un plazo de garantía de 10 años y los de habitabilidad de 3 años según la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). La acción para reclamar prescribe en 2 años desde que se producen los daños (art. 18.1 LOE). Este régimen es distinto al de los vicios ocultos del Código Civil, que se aplica sobre todo a viviendas de segunda mano.
Han pasado los 6 meses. ¿He perdido el derecho a reclamar?+
No necesariamente. La jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 368/2019, STS 484/2022) admite la doctrina del aliud pro alio: cuando el bien es radicalmente inhábil para su finalidad, puede ejercerse la acción general de incumplimiento contractual (art. 1124 CC) con plazo de 5 años. Consúltenos y evaluamos si su caso encaja en esta vía.
¿Ha descubierto un vicio oculto?No espere. El plazo corre desde la entrega. Consúltenos hoy y le decimos qué opciones tiene.
Plazos críticos 2026

Los plazos de prescripción
que no puede perder

¿Qué es la prescripción? La prescripción extingue el derecho a reclamar por el paso del tiempo. En Derecho Civil, los plazos son cortos y estrictos. Si acude demasiado tarde, el juez desestimará su reclamación aunque tenga razón en el fondo. Actúe cuanto antes.

En la práctica, muchas reclamaciones civiles se pierden no porque no tengan fundamento, sino porque el plazo expiró. La prescripción puede interrumpirse: una reclamación fehaciente al deudor, un burofax o una demanda judicial reinician el contador desde cero. Este es uno de los primeros pasos que tomamos en cada caso.

Si no sabe si su plazo ha vencido, consúltenos. En muchos casos existen vías alternativas (como la acción de enriquecimiento injusto o el aliud pro alio) que tienen plazos más largos y pueden salvar una reclamación que parecía perdida.

6 m
Vicios ocultos

Acción de saneamiento por vicios ocultos en la compraventa (art. 1490 CC). Plazo de caducidad: no se interrumpe.

CADUCIDAD, NO SE INTERRUMPE
1 a
Daños extracontractuales

Responsabilidad extracontractual por daños a personas o bienes (art. 1968.2 CC). Desde el conocimiento del daño.

PRESCRIPCIÓN, SE INTERRUMPE
2 a
Defectos de edificación (LOE)

Reclamación por defectos constructivos en obra nueva (art. 18.1 LOE). Desde que se produce el daño.

PRESCRIPCIÓN, SE INTERRUMPE
3 a
Habitabilidad (LOE)

Garantía por defectos que afectan a la habitabilidad en edificios nuevos. Acción en 2 años desde el daño.

GARANTÍA LOE
5 a
Acciones personales

Acciones derivadas de obligaciones reconocidas en contrato (art. 1964.2 CC). También aliud pro alio y enriquecimiento injusto.

PRESCRIPCIÓN, SE INTERRUMPE
10 a
Estructura (LOE)

Garantía por defectos estructurales en edificios nuevos (art. 17 LOE). Acción de reclamación en 2 años desde el daño.

GARANTÍA LOE, MÁS LARGA
Por qué elegirnos

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Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre Derecho Civil en Sevilla

Respuestas actualizadas a marzo de 2026. Si no encuentra su pregunta, llámenos: 955 314 558.

Me deben dinero pero no tenemos contrato escrito. ¿Puedo reclamar?+
Sí. Los contratos verbales son válidos en Derecho español. El problema es la prueba: necesitará mensajes, transferencias, correos, testigos o cualquier otro indicio que acredite la deuda. Si tiene alguna prueba, consúltenos: muchas deudas sin contrato escrito se cobran con una buena estrategia.
¿Cuánto cuesta un juicio civil en Sevilla?+
El coste depende de la vía procesal. El juicio verbal (hasta 15.000 euros) es más económico y rápido. El juicio ordinario (más de 15.000 euros) implica mayor complejidad. El proceso monitorio es la vía más eficiente para deudas documentadas. Si gana el juicio, el condenado suele pagar las costas. Le informamos del coste antes de empezar. Recuerde que desde el 3 de abril de 2025, salvo excepciones, hay que intentar antes una negociación (MASC); sin ese intento, la demanda no se admite.
Un vecino me ha causado daños en mi propiedad. ¿Tengo derecho a indemnización?+
Sí. El art. 1902 CC obliga a reparar los daños causados por culpa o negligencia. Tiene 1 año desde que conoce el daño para reclamar. Es importante documentar el daño (fotos, informes, presupuestos) y enviar un requerimiento formal antes de acudir al juzgado. Muchos casos se resuelven extrajudicialmente.
Firmé un contrato que ahora quiero anular. ¿Es posible?+
Depende del motivo. Los contratos pueden anularse por vicios del consentimiento (error, dolo, intimidación), por ser contrarios a la ley o a la moral (art. 1255 CC), o por incumplimiento de la otra parte (art. 1124 CC). Cada causa tiene sus requisitos y plazos específicos. Consúltenos con el contrato y le diremos si tiene opciones.
¿Qué es el proceso monitorio y cuándo conviene?+
El juicio monitorio es la vía más rápida para cobrar deudas documentadas (facturas, contratos, pagarés, etc.). Se presenta la deuda al juzgado; si el deudor no se opone en 20 días, el juez dicta un auto que permite embargar directamente. Es muy eficaz cuando el deudor sabe que debe y simplemente no paga. Sin límite de cuantía desde 2016.
Tengo un problema con mi comunidad de propietarios. ¿Es un asunto civil?+
Sí. Los conflictos de comunidades de propietarios (cuotas impagadas, acuerdos inválidos, obras, ruidos, responsabilidad por daños en elementos comunes) se resuelven ante los Juzgados de Primera Instancia por la vía del proceso civil. La Ley de Propiedad Horizontal establece reglas específicas. Le asesoramos tanto si representa a la comunidad como si defiende los derechos de un propietario concreto.
¿Cuánto cuesta la consulta inicial?+

La consulta inicial tiene un coste de 120 euros IVA incluido. En ella analizamos su situación, le explicamos sus opciones y le decimos si tiene base para reclamar y cuál es la mejor vía.

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Herencias y testamentos →
Aceptación, reparto entre herederos e Impuesto de Sucesiones.
Derecho inmobiliario →
Compraventas, alquileres y cualquier problema con su vivienda o local.
Reclamaciones hipotecarias →
IRPH, cláusula suelo y gastos de hipoteca.
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